Hernan Durango/Bogotá
SINTRADISTRITALES
Rechaza enérgicamente la decisión de la administración de reemplazar personal de planta por personal de contrato, como ha venido sucediendo en esta administración, ya que a pesar de la prohibición expresa de vincular mediante contratos de prestación de servicios a personas que desempeñan funciones permanentes en la administración pública, en la actualidad se ha implantado como práctica usual en las relaciones laborales en la Secretaría de Integración Social, siendo violatorio de la carrera administrativa.
La oposición del sindicato a este tipo de prácticas es debido a que no sólo con esta figura se ocultan verdaderas relaciones laborales, sino también que se desnaturaliza la contratación estatal, pues el contrato de prestación de servicios es una modalidad de trabajo con el Estado de tipo excepcional, concebido como un instrumento para atender funciones ocasionales, que no hacen parte del giro ordinario de las labores encomendadas a la entidad, o siendo parte de ellas no pueden ejecutarse con empleados de planta o se requieran conocimientos especializados. Como lo ratifica abundantes pronunciamientos de la corte constitucional, Sentencia C-614/09, Sentencia C-171/12 entre otras, así mismo en la ley de Carrera Administrativa.
Exhortamos a la administración a tener mayor racionalidad en la contratación y exigimos respeto a los compañeros y compañeras de planta que como referentes de proyecto y demás cargos de la entidad, se esfuerzan día a día para que esta entidad salga adelante a pesar de las múltiples dificultades que se ha tenido con esta administración.
Isaías Garzón Álvarez Presidente SINTRADISTRITALES Follow @pbolivariana
